- Las obligaciones no entrarán en vigor hasta transcurrido un año desde la entrada en vigor de la LGCA (el 9 de julio de 2023).
- La CNMC controlará el cumplimiento de estas obligaciones por los prestadores de servicios de comunicación audiovisual.
- Los prestadores que cumplan, de forma acumulativa, con un bajo volumen de negocio y con una baja audiencia no están obligados.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado un acuerdo relativo a la exención del cumplimiento de ciertas obligaciones en materia de accesibilidad para las televisiones y el vídeo bajo demanda (UMB/DTSA/001/22).
En verano de 2022 se aprobó la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) que actualiza, entre otros aspectos, las obligaciones de accesibilidad que deben cumplir los medios audiovisuales para que las audiencias con discapacidad visual y/o auditiva puedan disfrutar de los contenidos en igualdad de condiciones.
Este acuerdo de la CNMC da respuesta a las dudas interpretativas que han sido planteadas por los prestadores audiovisuales respecto a los requisitos exigidos para poder acogerse a la exención de cumplimiento de las obligaciones de accesibilidad introducidos en la LGCA.