Esta iniciativa legislativa traspone al ordenamiento jurídico español la directiva europea sobre la prestación de servicios de comunicación audiovisual ante la evolución de la realidad del mercado, en la que existen nuevos agentes y servicios audiovisuales al albur de las tecnologías digitales. La norma será remitida al Senado para completar su tramitación parlamentaria.
Con esta iniciativa legislativa se transpone al ordenamiento jurídico la normativa europea y se moderniza la Ley de Comunicación Audiovisual vigente (2010) que establece obligaciones casi exclusivamente para la Televisión Digital Terrestre en abierto.
Este texto legislativo es resultado de un intenso proceso negociador y de diálogo con todas las partes, que ha incorporado mejoras durante su tramitación en el Congreso. Previamente, también se sometió a un proceso consultivo con los diferentes agentes públicos y privados implicados, incluyendo dos audiencias públicas.
Uno de los objetivos de la nueva regulación es promover el desarrollo ordenado del mercado audiovisual, estableciendo un terreno de juego equilibrado para todos prestadores de servicios que compiten en el mercado por una misma audiencia. La directiva europea, no obstante, impone un límite que es el principio de país de origen, por el cual los prestadores de servicios de comunicación audiovisual sólo están sujetos al ordenamiento jurídico y a la jurisdicción del Estado miembro en el que están establecidos.
Recogida en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, esta reforma contempla además entre sus objetivos el impulso de España como plataforma europea de negocio, trabajo e inversión para el ámbito audiovisual, a través del "España Hub Audiovisual".