El 31 de marzo de 2015 finalizó de manera satisfactoria la liberación del dividendo digital con el 98% de los edificios adaptados.
El 30 de junio de 2015 ha finalizado el plazo que las comunidades de propietarios disponían para pedir las ayudas. Ya se han abonado 242.045 ayudas.
Las ayudas concedidas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través de la entidad pública RED.es para la adaptación de las antenas colectivas de los edificios estarán exentas en la declaración del IRPF de los ciudadanos.
El Gobierno, para minimizar las molestias a los ciudadanos y debido a su pequeña cuantía, declara exentas las ayudas percibidas para compensar los costes derivados de la adaptación de las antenas colectivas en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, en el punto dos del Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico.
“Dos. Se añade un nuevo apartado 4 a la disposición adicional quinta, que queda redactado de la siguiente forma:
4. No se integrarán en la base imponible de este Impuesto, las ayudas concedidas en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 920/2014, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.”