Orden ETD/100/2022, de 10 de febrero, por la que se establecen las actuaciones que deben realizar los operadores prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas móviles en las bandas de frecuencias del primer y del segundo dividendo digital
Segundo Dividendo Digital 16/02/2022
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Actuaciones técnicas que deben realizar los operadores de telecomunicaciones para evitar interferencias con la TDT.
Esta orden tiene por objeto establecer las actuaciones que deben llevar a cabo los titulares de concesiones de uso privativo de dominio público radioeléctrico en la banda 791 a 862 MHz o banda de 800 MHz y en la banda 694 a 790 MHz o banda de 700 MHz, en adelante, los operadores, para garantizar que la puesta en servicio de las estaciones emisoras o estaciones base de servicios de comunicaciones electrónicas móviles en dichas bandas no afecte a las condiciones existentes de recepción por los ciudadanos del servicio de radiodifusión de televisión que se continúa prestando en la banda adyacente 470 a 694 MHz.